domingo, abril 24, 2005

Los limites del debate

Por Wendy McElroy

En un debate es natural asumir que el intercambio de opiniones vaya hacia delante y atrás alternandose entre la defensa y el rechazo. Esta no fue la situación precisa que ocurrió en el debate acerca de qué ideas podían ser propiedad. La mayoría de las posiciones mantenidas fueron muy complicadas.

Por ejemplo, el egoísta James L. Walker, que escribía bajo el seudónimo Tak Kak, contribuyó fuertemente al lado opuesto a la propiedad intelectual. Él escribió: “Mis pensamientos son de mi propiedad igual que el aire en mis pulmones lo es”. Claramente, Tak Kak no mostraba sus objeciones al copyright y las patentes desde el punto de vista de que las ideas no pueden, en ninguna forma, ser propiedad. Ambas partes reconocían que un individuo posee sus propios pensamientos los cuales pueden ser expresados o retenidos completamente a su elección.

Es más, ambas partes creen que una idea puede permanecer en propiedad de quien la origine incluso después de que haya sido impartida a otros. Tak Kak mantenía que: “Si una persona desea vivir de impartir sus ideas a cambio de trabajo, no tengo nada que decir en contra de que lo haga y consiga protección cooperativa sin invadir mi persona ni mi propiedad o las de mis aliados. Mr. Spencer [Herbert Spencer] que mantenga en propiedad todas las ideas que pueda erigir y mantener sin el gobierno. Nadie puede hablar o escribir y aún así tener las mismas ventajas que si estuviera en silencio... Y sea lo que sea que haga por contrato, cooperación o boicot.... permítanle hacerlo como le plazca.” Tak Kak replantea el tema en otros términos, “Mientras Spencer tenga una idea en su cerebro, esta es suya, y no será mía hasta que no esté en el mio.”

Nótense los dos puntos clave de la posición de Tak Kak. El primero es un replanteamiento del principio de auto-propiedad: Este es, todo ser humano, simplemente, por ser humano tiene jurisdicción sobre su propio cuerpo. Por extensión lógica, la auto-propiedad protege cualquier idea dentro de su cerebro. El segundo punto es que las ideas comunicadas (ideas que dejan de estar solo en su mente y asumen un status público) no gozan más de la automática protección de la auto-propiedad. Cualquier propiedad sobre las ideas publicas no deriva de los derechos naturales si no de un contrato o de lo que Tak Kak llamó la “protección cooperativa”.

Tucker refinó este segundo punto. Distinguiendo entre una idea dentro de tu mente (privada) y una idea que ha sido comunicada (publica), Tucker afirmaba que la propiedad de una idea privada no resultaba de haberla originado. La propiedad resultaba del hecho de que la idea estaba protegida por otros derechos. Posees una idea en tu mente simplemente porque es imposible para cualquiera acceder a ella sin tu consentimiento a no ser que usen la fuerza, como mediante tortura. De este modo la propiedad de las ideas privadas sería meramente producto de la auto-propiedad.

Una idea pública no era, en comparación, protegida por la auto-propiedad. Cuando un autor o inventor publica su idea, renuncia a lo que Tucker denominó “un poder que hasta entonces había sido protegido por otros derechos: el derecho a la inviolabilidad de las personas, el derecho a la privacidad del domicilio...” Tucker era claro: Publicando su trabajo, el autor o inventor no abandona sus derechos sobre él porque no había tales derechos. Había un escudo protector proporcionado por la auto-propiedad. La publicación retira ese escudo protector. Si una idea es de dominio público, un individuo podría acceder y usar esa idea sin violar la libertad de otros.
Así Tak Kak y Tucker definieron un límite para el debate, el lado de la propiedad anti-intelectual [PAI].

Tú posees tus ideas privadas. Ellas pueden ser protegidas mediante el secreto o a través de contratos similares a los utilizados actualmente por las compañías informáticas para licenciar paquetes de software. Pero no hay ningún derecho natural sobre las ideas públicas. Al ser comunicada se convierte en la propiedad privada de cualquiera que la tenga en su mente a partir de entonces. Como expresó J. Wm. Lloyd “No puedes extirpar corporalmente una idea de un cerebro al igual que no puedes trasplantar una fresa de un jardín a otro. Si tengo los mismos pensamientos que mi vecino, muy bien, esta claro que yo no he tomado ni recibido nada de él por que él tiene su pensamiento igual que siempre."

Los defensores de la propiedad intelectual [PI] insistieron en que el copyright y las patentes eran derechos naturales merecedores de protección aunque fueran ideas públicas o privadas. En general, mantenían una de estas dos posiciones: La posición más radical era la que pedía que el descubrimiento de una idea no sólo daba titularidad sobre esa instancia específica de la idea (la privada), también la daba sobre todas las instancias subsiguientes de ella (las públicas) sin excepción.

La posición más común defendida por los partidarios de la PI era la de que el descubrimiento de una idea otorgaba la propiedad de forma exclusiva sólo hasta que alguien más probaba el descubrimiento, de forma independiente, de esa misma idea. Por ejemplo el descubrimiento de como guardar electricidad en una batería. En ese punto, el descubridor independiente adquiere el mismo derecho de propiedad que el primer creador. Estas propiedades duales serian más habituales en patentes que en copyrights porque los inventores usan el mismo “estado-del-arte” tecnológico para tratar las mismas cuestiones llegando, por tanto, muy a menudo a las mismas soluciones.

Los defensores de la PI insistían en que las ideas era propietarias porque ellas eran producto del trabajo humano, como las sillas o las mesas y toda persona tenía el completo derecho a ser propietaria del fruto de su trabajo. Lysander Spooner era ampliamente citado para mantener este argumento: “... el principio de propiedad individual... dice que cada hombre tiene un dominio absoluto, contra cualquier otro hombre, sobre los productos y adquisiciones de su propio trabajo”. Resumiendo, la PI era un derecho natural.

Los opositores frente a la PI contrarrestaban esto argumentando que la recompensa propia por ese trabajo era la idea específica producida. Aunque la discusión sobre la PI tomó multitud de intrincados caminos dentro de Liberty, siempre volvía a terminar alrededor de dos preguntas fundamentales: ¿Que es la propiedad? y ¿que es una idea?

<< Copyright y Patentes en Liberty